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Bloque 1 · Tema 8

Acceso electrónico a los servicios públicos

Registros, notificaciones y medios electrónicos

Esquema Nacional de Seguridad (ENS)

Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)

Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI)

Introducción

El acceso electrónico a los servicios públicos constituye un eje esencial de la Administración electrónica y del funcionamiento ordinario de las Administraciones Públicas.

Este tema es especialmente relevante en el examen TAI por su carácter práctico y normativo, y por la conexión directa con las Leyes 39/2015 y 40/2015, así como con el ENS y el ENI.

1. Acceso electrónico a los servicios públicos

1.1. Derecho de los ciudadanos

Las personas tienen derecho a:

  • Relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
  • Acceder a los servicios públicos de forma electrónica.

Este derecho se reconoce con carácter general en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.

1.2. Obligación de relacionarse electrónicamente

Están obligados a relacionarse electrónicamente, entre otros:

  • Personas jurídicas.
  • Entidades sin personalidad jurídica.
  • Profesionales colegiados para trámites derivados de su actividad.
  • Empleados públicos en el ejercicio de sus funciones.

🧠 Mini-resumen apartado 1

  • Derecho general de acceso electrónico.
  • Determinados sujetos están obligados.
  • Regulación principal en la Ley 39/2015.

2. Medios electrónicos en las Administraciones Públicas

2.1. Uso de medios electrónicos

Las Administraciones Públicas deben:

  • Garantizar la disponibilidad de medios electrónicos.
  • Asegurar la accesibilidad, seguridad e interoperabilidad.
  • Facilitar la identificación y firma electrónica.

2.2. Sede electrónica

La sede electrónica es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones.

Debe garantizar:

  • Identidad del titular.
  • Integridad de la información.
  • Disponibilidad y accesibilidad permanente.

🧠 Mini-resumen apartado 2

  • Uso obligatorio de medios electrónicos.
  • La sede electrónica es el punto de acceso seguro.

3. Registros electrónicos

3.1. Registro electrónico general

Cada Administración debe disponer de un:

  • Registro electrónico general.

Permite:

  • La presentación de documentos todos los días del año.
  • Las 24 horas del día.

3.2. Asiento registral y cómputo de plazos

  • La fecha y hora oficial determina el cómputo de plazos.
  • Los registros electrónicos se rigen por la fecha y hora oficial de la sede.

🧠 Mini-resumen apartado 3

  • Registro electrónico general obligatorio.
  • Presentación 24/7.
  • Fecha y hora oficiales determinan plazos.

4. Notificaciones electrónicas

4.1. Sistema de notificación

Las notificaciones se practicarán preferentemente:

  • Por medios electrónicos.

En determinados casos son obligatorias.

4.2. Puesta a disposición y rechazo

  • La notificación se entiende practicada cuando se accede a su contenido.
  • Si no se accede en 10 días naturales, se entiende rechazada.

👉 Muy típico de examen: Rechazo por inacción tras 10 días.

🧠 Mini-resumen apartado 4

  • Notificación preferente u obligatoria.
  • Rechazo automático a los 10 días.

5. Esquema Nacional de Seguridad (ENS)

5.1. Concepto y finalidad

El ENS tiene por objeto:

  • Establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos.
  • Garantizar la seguridad de la información y los servicios.

5.2. Ámbito de aplicación

Se aplica a:

  • Sector público.
  • Proveedores que presten servicios a las Administraciones Públicas.

5.3. Principios básicos

  • Seguridad integral.
  • Gestión de riesgos.
  • Prevención, detección y respuesta.
  • Proporcionalidad.
  • Mejora continua.

🧠 Mini-resumen apartado 5

  • ENS = seguridad de la información.
  • Aplicable al sector público.
  • Basado en gestión de riesgos.

6. Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)

6.1. Concepto y finalidad

El ENI establece:

  • Los criterios y recomendaciones para la interoperabilidad.
  • El intercambio de información entre Administraciones Públicas.

6.2. Principios básicos

  • Interoperabilidad organizativa.
  • Interoperabilidad semántica.
  • Interoperabilidad técnica.
  • Reutilización y cooperación.

🧠 Mini-resumen apartado 6

  • ENI = intercambio de información.
  • Garantiza interoperabilidad entre Administraciones.

7. Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI)

7.1. Concepto

Las NTI desarrollan el ENI y establecen:

  • Condiciones técnicas comunes.
  • Reglas para documentos y expedientes electrónicos.

7.2. Ámbitos regulados

Entre otros:

  • Documento electrónico.
  • Expediente electrónico.
  • Digitalización de documentos.
  • Política de gestión de documentos electrónicos.
  • Reutilización de recursos.

Mini-resumen apartado 7

  • NTI desarrollan el ENI.
  • Regulan aspectos técnicos concretos.
  • Garantizan uniformidad.

Mini-resumen final del tema

  • Acceso electrónico reconocido y, en algunos casos, obligatorio.
  • Registros electrónicos 24/7.
  • Notificaciones electrónicas con rechazo a los 10 días.
  • ENS → seguridad.
  • ENI → interoperabilidad.
  • NTI → desarrollo técnico del ENI.
  • Tema muy frecuente en preguntas prácticas y conceptuales.