# 5. Políticas de igualdad y contra la violencia de género. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico # Políticas de igualdad entre mujeres y hombres Fundamento constitucional Art. 14 CE: igualdad ante la ley y prohibición de discriminación. Art. 9.2 CE: obligación de los poderes públicos de promover la igualdad real y efectiva. ## Norma básica Ley Orgánica 3/2007, de igualdad efectiva de mujeres y hombres. Principios clave Igualdad de trato y oportunidades. Prohibición de discriminación directa e indirecta. ## Acciones positivas. - Transversalidad del principio de igualdad. - Presencia equilibrada (mínimo 40 %). - Igualdad en el empleo público - Acceso sin discriminación. - Igualdad en promoción y carrera. - Conciliación. - Protección frente al acoso sexual y por razón de sexo. 👉 Idea clave de examen: la igualdad no es solo formal, debe ser real y efectiva. --- # Políticas contra la violencia de género ## Norma básica Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. ## Concepto Violencia ejercida sobre las mujeres por quienes sean o hayan sido sus parejas o exparejas. ## Tipos de violencia - Física. - Psicológica. - Sexual. - Económica. - Amenazas y coacciones. ## Medidas principales - Prevención y sensibilización. - Protección social y asistencial. - Medidas penales y judiciales.. Juzgados de Violencia sobre la Mujer. 👉 Clave TAI: no exige violencia física; la psicológica y económica también cuentan. # Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI ## Norma básica Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. ## Finalidad - Garantizar la igualdad de trato. - Prohibir la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género. - Protección integral en todos los ámbitos. ## Ámbitos de aplicación - Empleo. - Educación. - Sanidad. - Servicios sociales. - Administraciones públicas. ## Tipos de discriminación prohibidos - Directa: trato desigual explícito. - Indirecta: norma neutral con efecto discriminatorio. - Por asociación: por relación con persona protegida. - Por error: por creencia equivocada. - Múltiple o interseccional: concurren varias causas. 👉 Muy preguntable: reconocimiento expreso de la discriminación interseccional. --- # Discapacidad: régimen jurídico ## Fundamento constitucional **Artículo 49 CE (reformado en 2023).** 1. *Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.* 2. *Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad*. ## Norma básica Real Decreto Legislativo 1/2013, Ley General de derechos de las personas con discapacidad. ## Principios fundamentales - Igualdad de oportunidades. - No discriminación. - Accesibilidad universal. - Inclusión social. - Vida independiente. - Derechos garantizados - Educación inclusiva. - Empleo (reserva mínima del 2 %). - Accesibilidad en bienes y servicios. - Participación social y política. 👉 Clave: enfoque de derechos, no asistencial. --- # Dependencia: régimen jurídico ## Norma básica Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia. ## Sistema creado SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia). ## Grados de dependencia - Grado I: dependencia moderada. - Grado II: dependencia severa. - Grado III: gran dependencia. ## Prestaciones ### Servicios - Ayuda a domicilio. - Centros de día y de noche. - Atención residencial. - Teleasistencia. - Prestaciones económicas ### Vinculada al servicio. - Cuidados en el entorno familiar. - Asistencia personal. --- ## ESQUEMA FINAL DE MEMORIZACIÓN RÁPIDA Igualdad → LO 3/2007 Violencia de género → LO 1/2004 Igualdad LGTBI → Ley 4/2023 Discapacidad → RDL 1/2013 + art. 49 CE Dependencia → Ley 39/2006 (SAAD) [LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres](https://www.notion.so/LO-3-2007-para-la-igualdad-efectiva-de-mujeres-y-hombres-2cde5cdff7ef80adaa0eff63e584e49b?pvs=21)