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# 5. Políticas de igualdad y contra la violencia de género. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico # Bloque 1 · Tema 5
## Políticas de igualdad y contra la violencia de género
# Políticas de igualdad entre mujeres y hombres ## Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI
## Discapacidad y dependencia: régimen jurídico
Fundamento constitucional
Art. 14 CE: igualdad ante la ley y prohibición de discriminación.
Art. 9.2 CE: obligación de los poderes públicos de promover la igualdad real y efectiva.
## Norma básica
Ley Orgánica 3/2007, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Principios clave
Igualdad de trato y oportunidades.
Prohibición de discriminación directa e indirecta.
## Acciones positivas.
- Transversalidad del principio de igualdad.
- Presencia equilibrada (mínimo 40 %).
- Igualdad en el empleo público
- Acceso sin discriminación.
- Igualdad en promoción y carrera.
- Conciliación.
- Protección frente al acoso sexual y por razón de sexo.
👉 Idea clave de examen: la igualdad no es solo formal, debe ser real y efectiva.
--- ---
# Políticas contra la violencia de género ## Introducción
## Norma básica Las políticas de igualdad, no discriminación y protección de colectivos vulnerables constituyen una línea transversal de actuación de los poderes públicos, con especial relevancia en el empleo público y en la actuación administrativa.
Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Este tema es frecuente en examen, especialmente en preguntas sobre:
- Leyes concretas.
- Finalidad de cada norma.
- Diferencias entre igualdad, violencia de género, LGTBI, discapacidad y dependencia.
## Concepto ---
Violencia ejercida sobre las mujeres por quienes sean o hayan sido sus parejas o exparejas. ## 1. Políticas de igualdad y contra la violencia de género
## Tipos de violencia ### 1.1. Igualdad entre mujeres y hombres
- Física. **Norma clave:**
- Psicológica. **Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo**, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Sexual.
- Económica.
- Amenazas y coacciones.
## Medidas principales ### Objetivo de la Ley
- Prevención y sensibilización. Garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, eliminando cualquier forma de discriminación por razón de sexo.
- Protección social y asistencial.
- Medidas penales y judiciales.. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
👉 Clave TAI: no exige violencia física; la psicológica y económica también cuentan. No se limita a la igualdad formal, sino que impulsa medidas activas.
### Principios básicos
# Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI - Igualdad de trato y de oportunidades.
## Norma básica - Integración del principio de igualdad en todas las políticas públicas.
Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. - Eliminación de discriminación directa e indirecta.
- Presencia equilibrada de mujeres y hombres.
## Finalidad ### Ámbitos de actuación
- Garantizar la igualdad de trato.
- Prohibir la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género.
- Protección integral en todos los ámbitos.
## Ámbitos de aplicación - Empleo público y privado.
- Empleo. - Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Educación. - Educación.
- Publicidad y medios de comunicación.
- Representación política y administrativa.
**Muy típico de examen:**
La igualdad efectiva permite acciones positivas cuando exista desigualdad real.
---
### 1.2. Violencia de género
**Norma clave:**
**Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre**, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
### Concepto de violencia de género
Violencia ejercida contra las mujeres:
- Por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o parejas.
- Como manifestación de la discriminación y desigualdad.
Incluye:
- Violencia física.
- Violencia psicológica.
- Violencia sexual.
- Amenazas, coacciones o privación de libertad.
### Enfoque integral de la Ley
La ley actúa de forma:
- Preventiva.
- Educativa.
- Social.
- Asistencial.
- Judicial.
### Medidas principales
- Derechos de las víctimas.
- Medidas laborales y de Seguridad Social.
- Protección judicial y penal.
- Coordinación institucional.
**Importante:**
La violencia de género no es violencia doméstica en general, sino una forma específica de violencia contra la mujer por razón de género.
---
### 🧠 Mini-resumen apartado 1
- Igualdad → **LO 3/2007**.
- Violencia de género → **LO 1/2004**.
- La igualdad efectiva permite acciones positivas.
- Violencia de género = violencia contra la mujer por razón de género.
---
## 2. Políticas de igualdad de trato y no discriminación LGTBI
### 2.1. Marco normativo
**Norma clave:**
**Ley 4/2023, de 28 de febrero**, para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI y para la garantía de los derechos de las personas trans.
### Finalidad de la Ley
Garantizar:
- La igualdad de trato.
- La no discriminación.
- El libre desarrollo de la personalidad.
Por razón de:
- Orientación sexual.
- Identidad sexual.
- Identidad y expresión de género.
- Características sexuales.
### Principios inspiradores
- Dignidad humana.
- Libre desarrollo de la personalidad.
- Respeto a la diversidad.
- No discriminación.
- Protección frente a la violencia y el acoso.
### Ámbitos de actuación
- Educación.
- Empleo (incluido empleo público).
- Sanidad. - Sanidad.
- Servicios sociales. - Servicios sociales.
- Administraciones públicas. - Medios de comunicación.
- Administraciones Públicas.
## Tipos de discriminación prohibidos
- Directa: trato desigual explícito.
- Indirecta: norma neutral con efecto discriminatorio.
- Por asociación: por relación con persona protegida.
- Por error: por creencia equivocada.
- Múltiple o interseccional: concurren varias causas.
👉 Muy preguntable: reconocimiento expreso de la discriminación interseccional.
--- ---
# Discapacidad: régimen jurídico ### 🧠 Mini-resumen apartado 2
## Fundamento constitucional - Norma clave → **Ley 4/2023**.
**Artículo 49 CE (reformado en 2023).** - Protege orientación, identidad y expresión de género.
1. *Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.* - Garantiza igualdad real y no discriminación.
2. *Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad*. - Afecta directamente a la actuación administrativa.
## Norma básica ---
Real Decreto Legislativo 1/2013, Ley General de derechos de las personas con discapacidad.
## 3. Discapacidad y dependencia: régimen jurídico
### 3.1. Discapacidad
**Norma clave:**
**Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre**
(Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social).
### Concepto de persona con discapacidad
Personas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes, que al interactuar con barreras pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad.
### Principios fundamentales
## Principios fundamentales
- Igualdad de oportunidades. - Igualdad de oportunidades.
- No discriminación. - No discriminación.
- Accesibilidad universal. - Accesibilidad universal.
- Inclusión social. - Inclusión social.
- Vida independiente. - Vida independiente.
- Derechos garantizados
- Educación inclusiva.
- Empleo (reserva mínima del 2 %).
- Accesibilidad en bienes y servicios.
- Participación social y política.
👉 Clave: enfoque de derechos, no asistencial. ### Artículo constitucional relevante
**Artículo 49 de la Constitución Española**
Obliga a los poderes públicos a realizar políticas de integración y protección.
--- ---
# Dependencia: régimen jurídico ### 3.2. Dependencia
## Norma básica **Norma clave:**
**Ley 39/2006, de 14 de diciembre**, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia. ### Concepto de dependencia
## Sistema creado Situación permanente en la que una persona necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia).
## Grados de dependencia ### Sistema de atención
- Grado I: dependencia moderada.
- Grado II: dependencia severa.
- Grado III: gran dependencia.
## Prestaciones La ley crea el:
### Servicios **Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)**
- Ayuda a domicilio.
- Centros de día y de noche.
- Atención residencial.
- Teleasistencia.
- Prestaciones económicas
### Vinculada al servicio. ### Grados de dependencia
- Cuidados en el entorno familiar.
- Asistencia personal. - Grado I: Dependencia moderada.
- Grado II: Dependencia severa.
- Grado III: Gran dependencia.
### Prestaciones
- Servicios (ayuda a domicilio, centros de día, residencias).
- Prestaciones económicas (cuando no existen servicios adecuados).
--- ---
## ESQUEMA FINAL DE MEMORIZACIÓN RÁPIDA ### 🧠 Mini-resumen apartado 3
Igualdad → LO 3/2007 - Discapacidad → **RDL 1/2013** + art. 49 CE.
Violencia de género → LO 1/2004 - Principios: igualdad, accesibilidad e inclusión.
Igualdad LGTBI → Ley 4/2023 - Dependencia → **Ley 39/2006**.
Discapacidad → RDL 1/2013 + art. 49 CE - Sistema → **SAAD**.
Dependencia → Ley 39/2006 (SAAD) - Tres grados de dependencia.
[LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres](https://www.notion.so/LO-3-2007-para-la-igualdad-efectiva-de-mujeres-y-hombres-2cde5cdff7ef80adaa0eff63e584e49b?pvs=21) ---
## 🧠 Mini-resumen final del tema
- Igualdad → **LO 3/2007**.
- Violencia de género → **LO 1/2004**.
- LGTBI → **Ley 4/2023**.
- Discapacidad → **RDL 1/2013** + art. 49 CE.
- Dependencia → **Ley 39/2006** + **SAAD**.
- Tema muy frecuente en test por asociación leymateria.

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# 6. La sociedad de la información. Identidad y firma electrónica: régimen jurídico. El DNI electrónico. La Agenda Digital para España. # Bloque 1 · Tema 6
## La sociedad de la información
## Identidad y firma electrónica: régimen jurídico
## El DNI electrónico
## La Agenda Digital para España
La sociedad de la información ## Introducción
Identidad y firma electrónica: régimen jurídico
El DNI electrónico La sociedad de la información y el uso de medios electrónicos en las Administraciones Públicas constituyen un elemento esencial de la modernización administrativa.
La Agenda Digital para España
Este tema es especialmente relevante en el examen TAI por su conexión con:
- Administración electrónica.
- Identificación y firma electrónica.
- Servicios digitales públicos.
- Estrategias digitales del Estado.
## 1. La sociedad de la información ## 1. La sociedad de la información
### 1.1. Concepto ### 1.1. Concepto
La sociedad de la información es aquella en la que la creación, tratamiento, distribución y uso de la información se apoyan de forma intensiva en las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
La información se convierte en un recurso esencial para: La sociedad de la información es aquella en la que:
- La economía. - La información y el conocimiento son elementos clave.
- La Administración. - Se utilizan de forma generalizada las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
- Las relaciones sociales. - La actividad económica, social y administrativa se apoya en medios electrónicos.
- La participación ciudadana.
- En el ámbito público, es la base de la Administración electrónica.
### 1.2. Características principales ### 1.2. Características principales
Uso generalizado de Internet y servicios digitales.
Acceso inmediato a grandes volúmenes de información.
Digitalización de procesos administrativos.
Interacción electrónica entre ciudadanos, empresas y Administraciones.
Necesidad de seguridad, identificación y confianza en el entorno digital.
### 1.3. Impacto en las Administraciones Públicas - Uso intensivo de las TIC.
La sociedad de la información impulsa: - Acceso generalizado a la información.
La implantación de la Administración electrónica. - Digitalización de servicios.
La reducción del uso del papel. - Interconexión de sistemas.
La tramitación electrónica obligatoria de muchos procedimientos. - Impulso de la administración electrónica.
Nuevas formas de relación con la ciudadanía.
Esto exige sistemas seguros de identificación y firma electrónica. ### 1.3. Papel de las Administraciones Públicas
### Mini-resumen 1
La información es un recurso clave. Las Administraciones Públicas deben:
Las TIC son el soporte básico. - Garantizar el acceso electrónico a los servicios públicos.
Base de la Administración electrónica. - Impulsar la transformación digital.
Necesita seguridad y confianza digital. - Asegurar la accesibilidad y la inclusión digital.
- Proteger los derechos de la ciudadanía en el entorno digital.
### 🧠 Mini-resumen apartado 1
- Sociedad basada en información y TIC.
- Digitalización de servicios.
- Papel activo de las Administraciones Públicas.
## 2. Identidad electrónica ## 2. Identidad electrónica
### 2.1. Concepto ### 2.1. Concepto
La identidad electrónica es el conjunto de datos y mecanismos que permiten identificar a una persona en el entorno digital con validez jurídica.
Permite: La identidad electrónica permite identificar a una persona en el entorno digital de forma:
- Saber quién es el ciudadano. - Segura.
- Garantizar que actúa realmente quien dice ser. - Fiable.
- Acceder a servicios electrónicos públicos y privados. - Verificable.
Es imprescindible para la relación electrónica con las Administraciones Públicas.
### 2.2. Sistemas de identificación electrónica ### 2.2. Sistemas de identificación electrónica
Los sistemas más habituales son:
Las Administraciones Públicas admiten, entre otros:
- Certificados electrónicos. - Certificados electrónicos.
- DNI electrónico. - DNI electrónico.
- Sistemas de claves concertadas (Cl@ve). - Sistemas de claves concertadas (por ejemplo, Cl@ve).
- Otros medios admitidos por las Administraciones Públicas. - Otros sistemas basados en datos conocidos por ambas partes.
### 2.3. Régimen jurídico
#### Normativa fundamental:
- Reglamento (UE) nº 910/2014, Reglamento eIDAS.
Regula:
- La identificación electrónica.
- Los servicios de confianza.
- El reconocimiento transfronterizo en la Unión Europea.
- En España: Ley 6/2020, de servicios electrónicos de confianza.
#### Mini-resumen 2
- La identidad electrónica identifica al ciudadano en Internet.
- Permite acceso seguro a servicios.
- Norma clave: Reglamento eIDAS.
- Reconocimiento legal en toda la UE.
## 3. Firma electrónica 👉 Muy típico de examen:
### 3.1. Concepto Identificación ≠ firma electrónica.
La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos asociados a otros datos electrónicos que permiten:
- Identificar al firmante.
- Garantizar la integridad del documento.
- Asegurar el no repudio.
- Cumple la misma función que la firma manuscrita, pero en formato digital.
### 3.2. Tipos de firma electrónica (Reglamento eIDAS) ### 🧠 Mini-resumen apartado 2
- Firma electrónica simple
- Sin requisitos técnicos reforzados.
- Menor valor probatorio.
- Firma electrónica avanzada
- Identifica al firmante.
- Permite detectar modificaciones del documento.
- Alto nivel de seguridad.
- Firma electrónica cualificada
- Basada en un certificado cualificado.
- Utiliza un dispositivo seguro de creación de firma.
- Equivale legalmente a la firma manuscrita.
### 3.3. Efectos jurídicos - Identidad electrónica = identificación segura.
- No se puede negar validez jurídica por el hecho de ser electrónica. - Existen distintos sistemas admitidos.
- La firma electrónica cualificada tiene pleno valor legal. - No implica necesariamente firma.
Garantiza autenticidad, integridad y no repudio.
#### Mini-resumen 3 ## 3. Firma electrónica: régimen jurídico
La firma electrónica asegura documentos electrónicos.
Tipos: simple, avanzada y cualificada. ### 3.1. Concepto de firma electrónica
La cualificada equivale a la manuscrita.
Regulada por el Reglamento eIDAS. La firma electrónica es el conjunto de datos en formato electrónico que:
- Se asocian a otros datos electrónicos.
- Permiten identificar al firmante.
- Garantizan la integridad del documento.
### 3.2. Marco normativo
**Normativa clave:**
- **Reglamento (UE) nº 910/2014**, de 23 de julio (Reglamento eIDAS).
- **Ley 6/2020, de 11 de noviembre**, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
### 3.3. Tipos de firma electrónica
- Firma electrónica simple.
- Firma electrónica avanzada.
- Firma electrónica cualificada.
👉 La firma electrónica cualificada tiene el **mismo valor jurídico que la firma manuscrita**.
### 🧠 Mini-resumen apartado 3
- Firma = identificación + integridad.
- Marco europeo eIDAS.
- La firma cualificada equivale a la manuscrita.
## 4. El DNI electrónico
## 4. El DNI electrónico (DNIe)
### 4.1. Concepto ### 4.1. Concepto
El DNI electrónico es el Documento Nacional de Identidad que incorpora un chip criptográfico que permite la identificación y firma electrónica del ciudadano.
### 4.2. Funcionalidades del DNIe El **DNI electrónico (DNIe)** es un documento que:
Permite: - Acredita la identidad del ciudadano.
- Acreditar la identidad electrónica. - Permite la identificación y firma electrónica.
- Firmar documentos electrónicamente.
- Realizar trámites con las Administraciones Públicas. ### 4.2. Funciones principales
- Acceder a servicios privados seguros.
- Identificación electrónica.
- Firma electrónica de documentos.
- Acceso seguro a servicios públicos y privados.
### 4.3. Certificados electrónicos del DNIe
## 4.3. Certificados electrónicos del DNIe
El DNIe incorpora: El DNIe incorpora:
- Certificado de autenticación. - Certificado de autenticación.
- Certificado de firma electrónica. - Certificado de firma electrónica.
- Ambos son certificados cualificados.
## 4.4. Ventajas y limitaciones Ambos están integrados en el chip del documento.
Ventajas
- Máxima seguridad jurídica.
- Reconocimiento legal pleno.
- Uso gratuito.
Limitaciones
- Necesidad de lector o NFC.
- Caducidad de certificados.
- Requiere ciertos conocimientos técnicos.
### Mini-resumen 4 ### 🧠 Mini-resumen apartado 4
- El DNIe permite identificar y firmar electrónicamente.
- Incorpora certificados cualificados. - DNIe = identidad + firma.
- Máxima validez jurídica. - Incluye certificados electrónicos.
- Requiere soporte técnico. - Uso en relaciones electrónicas.
## 5. La Agenda Digital para España ## 5. La Agenda Digital para España
### 5.1. Concepto ### 5.1. Concepto
La Agenda Digital para España es la estrategia del Gobierno destinada a:
La Agenda Digital para España es la estrategia del Gobierno para:
- Impulsar la transformación digital. - Impulsar la transformación digital.
- Desarrollar la sociedad de la información. - Fomentar el uso de las TIC.
- Mejorar la competitividad y los servicios públicos. - Mejorar los servicios públicos digitales.
- Está alineada con las estrategias digitales de la Unión Europea.
### 5.2. Objetivos principales ### 5.2. Objetivos principales
- Extender el uso de las TIC.
- Extender la conectividad digital.
- Impulsar la economía digital. - Impulsar la economía digital.
- Mejorar la Administración electrónica. - Mejorar la administración electrónica.
- Garantizar la inclusión digital. - Garantizar la inclusión y capacitación digital.
- Reforzar la seguridad y la confianza digital. - Reforzar la ciberseguridad.
### 5.3. Ámbitos de actuación ### 5.3. Relación con la Unión Europea
- Conectividad y redes de alta velocidad.
- Servicios públicos digitales.
- Capacitación digital de la ciudadanía y empleados públicos.
- Innovación y digitalización empresarial.
- Ciberseguridad y protección de datos.
### Mini-resumen 5 La Agenda Digital para España se alinea con:
- Estrategia nacional de digitalización. - La Agenda Digital Europea.
- Alineada con la UE. - Las estrategias digitales de la UE.
- Mejora servicios públicos y economía.
- Refuerza seguridad y capacitación digital.
## 6. Esquema final de examen (flash) ### 🧠 Mini-resumen apartado 5
Sociedad de la información
- Uso intensivo de TIC.
- Base de la Administración electrónica.
- Identidad electrónica
- Identificación digital del ciudadano.
Reglamento eIDAS. - Estrategia digital estatal.
- Firma electrónica - Impulso TIC y administración electrónica.
- Simple, avanzada y cualificada. - Coordinación con la UE.
- La cualificada equivale a la manuscrita.
DNI electrónico ## 🧠 Mini-resumen final del tema
- Identificación y firma.
- Certificados cualificados.
Agenda Digital - Sociedad de la información → uso intensivo de TIC.
- Estrategia de transformación digital. - Identidad electrónica ≠ firma electrónica.
- Inclusión, eficiencia y seguridad. - Firma electrónica → eIDAS + Ley 6/2020.
- DNIe → identificación y firma.
- Agenda Digital → estrategia de transformación digital.
- Tema muy habitual en preguntas conceptuales y normativas.

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# Bloque 1 · Tema 7
## Protección de datos personales: principios, derechos y obligaciones
## Derechos digitales
## Introducción
La protección de datos personales es un derecho fundamental y un aspecto clave en la actuación de las Administraciones Públicas, especialmente en un contexto de digitalización y uso intensivo de las tecnologías de la información.
Este tema es muy frecuente en el examen TAI, tanto en preguntas conceptuales como en la identificación de principios, derechos y normas aplicables.
## 1. Marco normativo de la protección de datos
### 1.1. Normativa europea
Norma principal:
**Reglamento (UE) 2016/679**, de 27 de abril, General de Protección de Datos (**RGPD**).
El RGPD es:
- Directamente aplicable en todos los Estados miembros.
- De obligado cumplimiento para el sector público y privado.
### 1.2. Normativa nacional
Norma principal:
**Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre**, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (**LOPDGDD**).
La LOPDGDD:
- Adapta el RGPD al ordenamiento jurídico español.
- Regula los derechos digitales.
### 🧠 Mini-resumen apartado 1
- RGPD → norma europea básica.
- LOPDGDD → adaptación española + derechos digitales.
- Aplicable a Administraciones Públicas.
## 2. Principios de la protección de datos
Los datos personales deben tratarse conforme a los siguientes principios:
### 2.1. Principios fundamentales
- Licitud, lealtad y transparencia.
- Limitación de la finalidad.
- Minimización de datos.
- Exactitud.
- Limitación del plazo de conservación.
- Integridad y confidencialidad.
- Responsabilidad proactiva.
👉 Muy típico de examen:
El principio de **responsabilidad proactiva** obliga al responsable a cumplir y demostrar el cumplimiento.
### 🧠 Mini-resumen apartado 2
- Los principios rigen todo tratamiento de datos.
- Destacan transparencia y responsabilidad proactiva.
## 3. Derechos de las personas (derechos ARSOPL)
Las personas cuyos datos se tratan son titulares de los siguientes derechos:
### 3.1. Derechos clásicos y ampliados
- Derecho de acceso.
- Derecho de rectificación.
- Derecho de supresión (derecho al olvido).
- Derecho de oposición.
- Derecho a la limitación del tratamiento.
- Derecho a la portabilidad de los datos.
👉 Conocidos como **derechos ARSOPL**.
### 3.2. Ejercicio de los derechos
- Son gratuitos.
- Deben resolverse en el plazo máximo de **un mes**.
- Pueden ampliarse en casos complejos.
- Se ejercen ante el responsable del tratamiento.
### 🧠 Mini-resumen apartado 3
- Derechos ARSOPL.
- Plazo general de resolución: un mes.
- Ejercicio gratuito.
## 4. Obligaciones del responsable y del encargado del tratamiento
### 4.1. Responsable del tratamiento
Es quien determina:
- Los fines del tratamiento.
- Los medios utilizados.
Obligaciones principales:
- Garantizar el cumplimiento del RGPD.
- Aplicar medidas técnicas y organizativas.
- Garantizar los derechos de los interesados.
### 4.2. Encargado del tratamiento
Es quien trata los datos:
- Por cuenta del responsable.
- Siguiendo sus instrucciones.
Debe existir:
- Contrato o acto jurídico que regule la relación.
### 4.3. Delegado de Protección de Datos (DPD)
Figura obligatoria, entre otros, en:
- Administraciones Públicas.
- Organismos públicos.
Funciones principales:
- Informar y asesorar.
- Supervisar el cumplimiento.
- Cooperar con la autoridad de control.
### 🧠 Mini-resumen apartado 4
- Responsable decide fines y medios.
- Encargado actúa por cuenta del responsable.
- DPD obligatorio en el sector público.
## 5. Derechos digitales
### 5.1. Concepto
Los derechos digitales son la proyección de los derechos fundamentales en el entorno digital.
Están regulados en el **Título X de la LOPDGDD**.
### 5.2. Principales derechos digitales
Entre otros:
- Derecho a la neutralidad de Internet.
- Derecho de acceso universal a Internet.
- Derecho a la seguridad digital.
- Derecho a la educación digital.
- Derecho a la protección de menores en Internet.
- Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
- Derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales.
- Derecho al testamento digital.
### 🧠 Mini-resumen apartado 5
- Derechos fundamentales adaptados al entorno digital.
- Regulados en la LOPDGDD.
- Muy preguntables en el ámbito laboral y público.
## 🧠 Mini-resumen final del tema
- RGPD + LOPDGDD → marco normativo básico.
- Principios: licitud, transparencia y responsabilidad proactiva.
- Derechos ARSOPL.
- Responsable, encargado y DPD.
- Derechos digitales regulados en la LOPDGDD.
- Tema clave en test por conceptos y asociaciones.

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# Bloque 1 · Tema 8
## Acceso electrónico a los servicios públicos
## Registros, notificaciones y medios electrónicos
## Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
## Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)
## Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI)
## Introducción
El acceso electrónico a los servicios públicos constituye un eje esencial de la Administración electrónica y del funcionamiento ordinario de las Administraciones Públicas.
Este tema es especialmente relevante en el examen TAI por su carácter práctico y normativo, y por la conexión directa con las Leyes 39/2015 y 40/2015, así como con el ENS y el ENI.
## 1. Acceso electrónico a los servicios públicos
### 1.1. Derecho de los ciudadanos
Las personas tienen derecho a:
- Relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
- Acceder a los servicios públicos de forma electrónica.
Este derecho se reconoce con carácter general en la **Ley 39/2015**, del Procedimiento Administrativo Común.
### 1.2. Obligación de relacionarse electrónicamente
Están obligados a relacionarse electrónicamente, entre otros:
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica.
- Profesionales colegiados para trámites derivados de su actividad.
- Empleados públicos en el ejercicio de sus funciones.
### 🧠 Mini-resumen apartado 1
- Derecho general de acceso electrónico.
- Determinados sujetos están obligados.
- Regulación principal en la Ley 39/2015.
## 2. Medios electrónicos en las Administraciones Públicas
### 2.1. Uso de medios electrónicos
Las Administraciones Públicas deben:
- Garantizar la disponibilidad de medios electrónicos.
- Asegurar la accesibilidad, seguridad e interoperabilidad.
- Facilitar la identificación y firma electrónica.
### 2.2. Sede electrónica
La sede electrónica es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones.
Debe garantizar:
- Identidad del titular.
- Integridad de la información.
- Disponibilidad y accesibilidad permanente.
### 🧠 Mini-resumen apartado 2
- Uso obligatorio de medios electrónicos.
- La sede electrónica es el punto de acceso seguro.
## 3. Registros electrónicos
### 3.1. Registro electrónico general
Cada Administración debe disponer de un:
- Registro electrónico general.
Permite:
- La presentación de documentos todos los días del año.
- Las 24 horas del día.
### 3.2. Asiento registral y cómputo de plazos
- La fecha y hora oficial determina el cómputo de plazos.
- Los registros electrónicos se rigen por la fecha y hora oficial de la sede.
### 🧠 Mini-resumen apartado 3
- Registro electrónico general obligatorio.
- Presentación 24/7.
- Fecha y hora oficiales determinan plazos.
## 4. Notificaciones electrónicas
### 4.1. Sistema de notificación
Las notificaciones se practicarán preferentemente:
- Por medios electrónicos.
En determinados casos son obligatorias.
### 4.2. Puesta a disposición y rechazo
- La notificación se entiende practicada cuando se accede a su contenido.
- Si no se accede en **10 días naturales**, se entiende rechazada.
👉 Muy típico de examen:
Rechazo por inacción tras 10 días.
### 🧠 Mini-resumen apartado 4
- Notificación preferente u obligatoria.
- Rechazo automático a los 10 días.
## 5. Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
### 5.1. Concepto y finalidad
El ENS tiene por objeto:
- Establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos.
- Garantizar la seguridad de la información y los servicios.
### 5.2. Ámbito de aplicación
Se aplica a:
- Sector público.
- Proveedores que presten servicios a las Administraciones Públicas.
### 5.3. Principios básicos
- Seguridad integral.
- Gestión de riesgos.
- Prevención, detección y respuesta.
- Proporcionalidad.
- Mejora continua.
### 🧠 Mini-resumen apartado 5
- ENS = seguridad de la información.
- Aplicable al sector público.
- Basado en gestión de riesgos.
## 6. Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI)
### 6.1. Concepto y finalidad
El ENI establece:
- Los criterios y recomendaciones para la interoperabilidad.
- El intercambio de información entre Administraciones Públicas.
### 6.2. Principios básicos
- Interoperabilidad organizativa.
- Interoperabilidad semántica.
- Interoperabilidad técnica.
- Reutilización y cooperación.
### 🧠 Mini-resumen apartado 6
- ENI = intercambio de información.
- Garantiza interoperabilidad entre Administraciones.
## 7. Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI)
### 7.1. Concepto
Las NTI desarrollan el ENI y establecen:
- Condiciones técnicas comunes.
- Reglas para documentos y expedientes electrónicos.
### 7.2. Ámbitos regulados
Entre otros:
- Documento electrónico.
- Expediente electrónico.
- Digitalización de documentos.
- Política de gestión de documentos electrónicos.
- Reutilización de recursos.
### Mini-resumen apartado 7
- NTI desarrollan el ENI.
- Regulan aspectos técnicos concretos.
- Garantizan uniformidad.
## Mini-resumen final del tema
- Acceso electrónico reconocido y, en algunos casos, obligatorio.
- Registros electrónicos 24/7.
- Notificaciones electrónicas con rechazo a los 10 días.
- ENS → seguridad.
- ENI → interoperabilidad.
- NTI → desarrollo técnico del ENI.
- Tema muy frecuente en preguntas prácticas y conceptuales.

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# Bloque 1 · Tema 9
## Instrumentos de acceso electrónico
## Sedes electrónicas, canales, identificación y autenticación
## Infraestructuras y servicios comunes
## Introducción
Los instrumentos de acceso electrónico permiten a la ciudadanía relacionarse con las Administraciones Públicas de forma segura, accesible y eficaz.
Este tema es habitual en el examen TAI, especialmente en preguntas sobre conceptos básicos, diferencias entre identificación y autenticación, y servicios comunes de la Administración electrónica.
## 1. Instrumentos de acceso electrónico
### 1.1. Concepto
Los instrumentos de acceso electrónico son los medios y herramientas que permiten:
- El acceso a los servicios públicos electrónicos.
- La interacción segura con las Administraciones Públicas.
Incluyen sedes electrónicas, canales, sistemas de identificación y autenticación, e infraestructuras comunes.
### 🧠 Mini-resumen apartado 1
- Permiten el acceso electrónico a los servicios.
- Aseguran seguridad y accesibilidad.
## 2. Sedes electrónicas
### 2.1. Concepto
La sede electrónica es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública.
### 2.2. Características
La sede electrónica debe garantizar:
- Identificación del titular.
- Integridad de la información.
- Disponibilidad permanente.
- Accesibilidad y seguridad.
### 2.3. Tipos de sedes
- Sede electrónica principal.
- Sedes electrónicas asociadas.
### 🧠 Mini-resumen apartado 2
- Sede = punto de acceso oficial.
- Garantiza identidad e integridad.
- Puede haber sedes asociadas.
## 3. Canales de acceso
### 3.1. Tipos de canales
Las Administraciones Públicas pueden ofrecer:
- Canal presencial.
- Canal telefónico.
- Canal electrónico.
Los canales deben ser:
- Accesibles.
- Interoperables.
- Seguros.
### 🧠 Mini-resumen apartado 3
- Existen varios canales de acceso.
- El canal electrónico es esencial.
## 4. Identificación y autenticación
### 4.1. Identificación electrónica
La identificación permite conocer:
- Quién es la persona que accede al servicio.
Sistemas admitidos:
- Certificados electrónicos.
- DNI electrónico.
- Sistemas de claves concertadas (Cl@ve).
- Otros sistemas admitidos por las Administraciones Públicas.
### 4.2. Autenticación electrónica
La autenticación permite:
- Verificar la identidad declarada.
- Confirmar que el usuario es quien dice ser.
👉 Muy típico de examen:
Identificación ≠ autenticación.
### 🧠 Mini-resumen apartado 4
- Identificación = quién eres.
- Autenticación = verificación.
- Existen distintos sistemas admitidos.
## 5. Infraestructuras y servicios comunes
### 5.1. Concepto
Las infraestructuras y servicios comunes son plataformas compartidas que:
- Facilitan la prestación de servicios electrónicos.
- Evitan duplicidades.
- Garantizan interoperabilidad y seguridad.
### 5.2. Principales servicios comunes
Entre los más relevantes:
- **Cl@ve**: sistema común de identificación y firma.
- **@firma**: validación de certificados y firmas electrónicas.
- **SIR**: Sistema de Interconexión de Registros.
- **DIR3**: directorio común de unidades orgánicas.
- **Plataforma de Intermediación de Datos**.
- **Notifica**: servicio común de notificaciones electrónicas.
### 🧠 Mini-resumen apartado 5
- Servicios comunes compartidos.
- Facilitan interoperabilidad.
- Muy preguntables en test.
## 🧠 Mini-resumen final del tema
- Instrumentos de acceso = sedes, canales, identificación y servicios comunes.
- Sede electrónica = acceso oficial seguro.
- Identificación ≠ autenticación.
- Infraestructuras comunes evitan duplicidades.
- Servicios como Cl@ve, @firma o SIR son clave en Administración electrónica.
- Tema muy frecuente por conceptos y ejemplos prácticos.

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#!/bin/bash
for f in bloque1/tema*.md; do
echo "Probando $f"
pandoc "$f" -t markdown -o /dev/null 2>error.txt
if grep -q "YAML" error.txt; then
echo "❌ ERROR YAML en $f"
cat error.txt
exit 1
else
echo "✔ OK"
fi
done
echo "Todos los archivos están bien individualmente."

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